Derechos y deberes de las familias acogedoras
Estás aquí porque has decidido dar un paso importante. O quizás te lo estás planteando.
Has preparado una habitación, has llenado el armario con ropa limpia, has dejado un espacio libre en tu mesa... y también en tu vida. Porque acoger no solo es abrir la puerta de casa. Es abrir la rutina, el corazón, el tiempo. Es dar lugar a alguien que lo necesita, aunque no haya nacido contigo.
Y con ese paso vienen muchas emociones, pero también muchas dudas.
“¿Lo haré bien?”, “¿Qué puedo decidir y qué no?”, “¿Qué esperan de mí?”, “¿Y si en algún momento ya no puedo seguir?”
Acoger con responsabilidad también significa conocer el marco legal y ético que lo sostiene. Saber qué derechos te protegen y qué obligaciones asumes no solo te aporta seguridad: te permite ofrecer al menor el cuidado que merece, dentro de un entorno claro, respetuoso y acompañado.
En este artículo te explicamos, con palabras sencillas, qué puedes y qué debes hacer como familia acogedora.
Derechos de las familias acogedoras
Las familias acogedoras no solo acompañan: también tienen derechos reconocidos por ley, que garantizan que puedan ejercer su papel con protección y apoyo.
1. Ejercer la guarda del menor acogido
Tendrás la guarda del menor mientras dure la medida de acogimiento. Esto significa que podrás tomar decisiones cotidianas relacionadas con su bienestar: escolarización, salud, actividades... Aunque no se ejerce la patria potestad, sí contarás con la autonomía necesaria para ejercer la crianza diaria.
2. Ser informada y participar en el proceso
Tienes derecho a estar al día sobre la evolución del acogimiento. Puedes —y debes— participar en reuniones de seguimiento, recibir información relevante y formar parte activa de las decisiones que se tomen sobre el menor.
3. Conocer las características del menor acogido
Antes de la llegada y durante el acogimiento, tienes derecho a recibir información que te ayude a cuidar mejor: necesidades médicas, escolares, emocionales, o información básica sobre su historia familiar. Siempre con la confidencialidad que protege su intimidad, pero sin dejarte a ciegas.
4. Recibir apoyo técnico y económico
No estás sola. La Administración tiene la obligación de proporcionarte acompañamiento técnico (orientación, seguimiento, formación) y, si corresponde, apoyo económico para facilitar el cuidado del menor.
5. Solicitar el cese del acogimiento
Si la convivencia no es posible o tu situación cambia, puedes solicitar que se finalice la medida. No es una decisión ligera, pero sí es un derecho cuando acoger deja de ser una opción segura para ti o para el menor.
Obligaciones de las familias acogedoras
Acoger implica entrega, pero también compromiso. Aquí te explicamos, más allá de lo legal, qué significa cada una de tus responsabilidades.
1. Proporcionar cuidado integral al menor
Significa más que cubrir sus necesidades básicas: se trata de ofrecer afecto, acompañamiento emocional, una rutina estable, y un entorno donde pueda crecer con seguridad y confianza.
2. Respetar el acuerdo de acogimiento
Este documento regula la medida: duración, régimen de visitas, seguimiento... Es fundamental conocerlo y cumplirlo. No estás improvisando: estás acompañando dentro de un marco acordado.
3. Guardar confidencialidad
La historia del menor le pertenece a él. No debes compartir su pasado ni sus circunstancias familiares con personas ajenas. Esto también protege su dignidad.
4. Favorecer el vínculo con su familia de origen
Cuando hay visitas, o si el plan es que el menor regrese con su familia, es esencial que colabores para que ese vínculo se mantenga sin tensiones. No estás sustituyendo a nadie: estás acompañando mientras tanto.
5. Informar y colaborar con los técnicos
Durante todo el proceso deberás aportar información, comunicar cambios, y colaborar en los seguimientos. Tú tienes una visión valiosa y cotidiana del menor: compartirla ayuda a tomar mejores decisiones.
6. Facilitar el retorno, si así se acuerda
Si el plan es la reunificación familiar, tu papel será acompañar al menor con sensibilidad en ese tránsito. No se trata de desaparecer, sino de soltar de forma consciente, confiada y afectuosa.
7. Comunicar cualquier cambio relevante
Un cambio importante en tu familia o en la convivencia debe notificarse. Es clave para ajustar apoyos o medidas si algo ya no funciona como debería.
8. Avisar con antelación en acogimientos de urgencia
Si vas a tomarte un descanso o hay algo que impida continuar temporalmente, tendrás que comunicarlo con al menos un mes de antelación. Esto permite a los servicios buscar otra alternativa sin improvisaciones.
Cuidar también es saber
Acoger es un acto de generosidad, sí. Pero también es un compromiso claro, un marco con derechos y deberes que te protege y te guía.
Conocerlo te da tranquilidad. Y al menor, le da garantías.
Porque al final, se trata de eso: de ofrecer amor, sí, pero también estructura. De sostener con ternura, pero también con responsabilidad.